Cada día es más usual que a causa de diversas razones, como puede ser un conflicto entre los abuelos y los padres del menor, un divorcio contencioso o incluso a causa de un problema o disputa familiar, los abuelos se vean alejados de la compañía de sus nietos. Lo que prima en estas situaciones es siempre el interés del menor. Los abuelos juegan un papel fundamental en la evolución de sus nietos, en tanto que, su función es transmitirles los valores, las costumbres y las historias familiares. De esta forma ayudan al crecimiento de los menores haciéndoles conocedores y partícipes de las costumbres familiares.
Desde el año 2003 el Código Civil regula en su artículo 160 que “no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes allegados.” A pesar de ello, en los casos en que los progenitores no conviven hay que repartir el tiempo del menor entre los mismos y muchas veces esta situación dificulta la relación del nieto con los abuelos.
Si bien es cierto que, los Juzgados españoles, en ningún caso tendrán en cuenta las malas relaciones entre padres y abuelos, a no ser que exista justa causa para anular esa relación, siempre lo que prima es el bienestar del menor. Es por ello que las malas relaciones familiares, no perjudicarán la relación y comunicación de los abuelos con sus nietos.
Para solicitar el régimen de visitas entre abuelos y nietos, hay que tener en cuenta varias circunstancias:
- La edad de los abuelos y de los nietos.
- La relación actual y anterior entre ellos
- La ubicación del domicilio del menor y el de los abuelos.
- Si antes de esta situación el nieto pernoctaba con los abuelos
¿Qué hemos de tener en cuenta cuando solicitamos vía judicial un régimen de visitas para con nuestros nietos? Hay dos tipos de régimen, amplio o restringido:
Régimen amplio, puede llegar a consistir en:
- Un fin de semana al mes
- Dos días en Navidades y dos días en Semana Santa, así como varios días en los dos meses de
Régimen más restringido, sería un régimen similar al anterior pero sin pernocta y consistiendo en días el fin de semana.
En innumerables ocasiones es habitual acudir a los Juzgados para solventar este tipo de situaciones. Afortunadamente, cada vez se hace más extensible la información sobre los derechos que aparan a los abuelos sobre las posibles soluciones para poder ver a sus nietos y disfrutar de la compañía de éstos. Desde VILAI Abogados hemos experimentado un aumento de estos supuestos, obteniendo en el 100% de los casos sentencias estimatorias.