El retraso de los pagos, así como el impago salarial a trabajadores cada vez es más frecuente por parte de las empresas, con lo que es necesario que dichos trabajadores conozcan los mecanismos de defensa legal ante esta problemática.
Una reclamación de cantidad es una demanda judicial en la que se exige a la empresa lo debido derivado de la relación laboral, es decir, las cantidades que la empresa debe al trabajador, así como los intereses moratorios. Por otro lado, si los impagos y retrasos en el cobro de salarios son continuos, el trabajador puede iniciar el procedimiento ordinario de reclamación de cantidades o dar por finalizado el contrato laboral con derecho a indemnización por desempleo.
Pasos a seguir:
- El trabajador puede reclamar salarios en el plazo de un año (desde el día que el empresario debía abonar dicho salario, pero no lo hizo), mediante procedimiento ordinario presentando una papeleta de conciliación al SMAC y si no hubiese acuerdo o se produce la incomparecencia de la empresa se presentaría demanda en el juzgado social, mientras que si tuviera avenencia se abona y se establecería el calendario de pagos.
- Se puede utilizar el proceso monitorio ya que es más rápido que el ordinario.
¿Cómo es el proceso monitorio?
- Se procede siempre que: las reclamaciones a empresarios no se encuentren en concurso, las cantidades no sean superiores a 6000€ y excluyendo de las cantidades vencidas y exigibles las de carácter colectivo.
- El proceso comienza con una petición inicial a través de un modelo con los datos del deudor en detalle y desglose de cuantías reclamadas junto contrato, recibos de salarios y resto de documentación.
- Si se admite esta petición el empresario será requerido para que en 10 días pague al trabajador, y cuando se entregue se archivará el procedimiento. Si se opone, el juzgado se lo traslada al trabajador para que en 4 días presente la demanda.
Finalmente, si es por causa de insolvencia o concurso de acreedores de las empresas el motivo por el que no se procede al pago salarial, FOGASA abona a los trabajadores parte de esos salarios pendientes de pago siempre que se reconozcan en documento público y no haya bienes embargables a la empresa.
Desde VILAI ABOGADOS, en nuestro departamento laboral podemos asesorar y proceder a dichas reclamaciones. La primera consulta es gratuita y pueden ponerse en contacto con nosotros a través del 965450227.