Lo primero que debes saber como usuario es que, si tienes firmado un acuerdo de permanencia con una compañía, no podrás anularlo sin antes tener que hacer frente a la penalización que te impone tu compañía.
Por este motivo es muy importante leer la letra pequeña de cada tarifa que nos interese y conocer así los tiempos de permanencia que establecen las compañías para cada una de ellas.
Pero como toda regla, ésta también tiene sus excepciones, y lo cierto es que existen una serie de casos en los que podrás romper el contrato de permanencia firmado con una compañía e irte sin tener que hacer frente a ninguna sanción por incumplimiento.
Contenidos en este artículo.
Estos son los casos en los que puedes romper el acuerdo de permanencia
Como hemos comentado ya anteriormente, si quieres cambiarte de compañía rompiendo así el acuerdo de permanencia por motivos ajenos a tu propia compañía (por ejemplo, que hayas encontrado la misma tarifa más barata en otra operadora) sí o sí deberás hacerte cargo de la sanción económica que esto supone.
No obstante, igual que nosotros como usuarios tenemos la obligación de cumplir con esos tiempos de permanencia establecidos por las propias operadoras, éstas están en la obligación de cumplir con lo acordado en los contratos firmados de prestación del servicio de internet, y en caso de incumplirlo, el usuario puede reclamar una anulación de dicha permanencia.
Podrás solicitar la cancelación del acuerdo de permanencia si sucede esto:
- Si tu compañía ha hecho cambios en el servicio o precio de tu tarifa de internet
El compromiso de permanencia es vinculante para ambos – operadora y usuario – por lo que, si una compañía hace este tipo de cambios, está incumpliendo lo dispuesto en el contrato firmado.
- Si tu compañía ha realizado cambios en las condiciones que están en el contrato
Realmente, una compañía telefónica puede hacer cambios en las condiciones que están escritas en el contrato cuando ésta quiera, pero los usuarios también pueden marcharse de la compañía en caso de no estar de acuerdo con los cambios que les han impuesto.
Tanto el punto número uno como el dos están recogidos por el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, en el artículo 9, por el que se aprueba la carta de derecho del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, y en el cual se establece lo siguiente:
“1. Los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas sólo podrán ser modificados por los motivos válidos expresamente previstos en el contrato.
2. El usuario final tendrá derecho a resolver anticipadamente y sin penalización alguna el contrato en los supuestos previstos en el apartado anterior.
3. Las operadoras deberán notificar al usuario final las modificaciones contractuales con una antelación mínima de un mes, informando expresamente en la notificación de su derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna”.
Además de estos dos casos mencionados, existe un tercero:
- Si el servicio que te está prestando tu compañía es deficiente
Si llevas un tiempo notando que el servicio de internet no te funciona como debería, podrás solicitar la anulación de la permanencia y realizar una portabilidad a otra operadora. En esta situación no eres tú el que se está dando de baja, sino que es la compañía la que no está cumpliendo lo dispuesto en el acuerdo inicial.
Además, en el artículo 1.124 del Código Civil viene recogida la ilegalidad de que una compañía quiera cobrarte una penalización si es este el motivo de tu marcha, y no solo eso, como usuario afectado también tienes derecho a solicitar una indemnización por daños y perjuicios que este mal servicio haya podido ocasionarte.
¿Se puede hacer algo para evitar este tipo de situaciones?
Aunque no existan muchas herramientas para evitar encontrarte en alguna situación de las mencionadas con anterioridad, lo único que puedes hacer como usuario es hablar con tu operadora e internet para llegar a un acuerdo, y en caso de no llegar a nada, estás en tu derecho de marcharte sin pagar penalización alguna.
Si lo que deseas es cambiarte de operadora por otros motivos distintos a los expuestos, cuando te dispongas a contratar internet en casa con otra compañía, lo más importante es que gastes cinco minutos de tu tiempo en comparar las distintas compañías de internet y te fijes bien en los tiempos de permanencia que llevan implícitas aquellas tarifas que más te interesen, ya que dependiendo de la compañía, éstas varían, y ni el tiempo ni las sanciones son las mismas.
De esta forma, estarás asegurándote de conocer las obligaciones que tienes como usuario y también las obligaciones que tiene tu compañía evitando así problemas en un futuro.





