EL TJUE DECLARA QUE LAS HIPOTECAS CON IRPH PUEDEN SER DECLARADAS ABUSIVAS
El TJUE en su Sentencia de 12 de diciembre de 2024, se ha pronunciado sobre el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios o IRPH, considera que la citada cláusula no permite al consumidor conocer con exactitud las consecuencias económicas que se derivan de ella en el marco de un contrato de una duración superior a los 15 y 20 años.
El TJUE vuelve a dar la razón a los consumidores y obliga al Tribunal Supremo a revisar su jurisprudencia. Insiste en la protección a los consumidores pues indica que es necesario que las entidades bancarias faciliten toda la información a los consumidores, con el fin de que a la hora de contratar un préstamo hipotecario puedan conocer con el mayor grado de exactitud las futuras variaciones de dicho índice y, por tanto, de no ser así, estaríamos ante una falta de transparencia en el contrato de hipoteca cuya consecuencia seria la nulidad del mismo.
Si tienes dudas acerca de si tu hipoteca está afecta a la cláusula de IRPH, no dudes en contactar con nuestro despacho, contamos con un equipo experto en reclamaciones a entidades bancarias en defensa de los derechos de los consumidores, la parte más débil y vulnerable frente a las entidades bancarias.
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